La admisibilidad de la prueba según el COGEP y la motivación de sentencias como elemento del debido proceso

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.33210/rci.v2i2.37

Palabras clave:

admisibilidad, debido proceso, motivación, valoración de la prueba.

Resumen

INTRODUCCIÓN. El Estado ecuatoriano ha determinado en la norma constitucional el debido proceso, que establece, entre otras garantías constitucionales, la motivación. Los jueces deben respetar las disposiciones constitucionales y legales sobre la adecuada motivación y fundamentación de las sentencias. También es un elemento esencial la prueba, que es una actividad encaminada a demostrar la verdad de una afirmación. OBJETIVO. Analizar la admisibilidad de la prueba según el COGEP y la motivación de sentencias como elemento del debido proceso. MÉTODO. El enfoque fue cualitativo de carácter fenomenológico, de alcance descriptivo, aplicándose una revisión bibliográfica de los fundamentos legales y documentales y utilizándose los métodos analítico-sintético y exegético. DISCUSIÓN Y CONCLUSIONES. La motivación se considera bajo dos dimensiones: la verbalización de los motivos que han llevado a la decisión y como justificación tanto en la admisibilidad y la valoración de la prueba como en la emisión de la sentencia. La motivación es una de las garantías constitucionales del debido proceso. El fenómeno de la prueba de los hechos y el de la motivación de la sentencia tienen una asociación estrecha, de recíproca implicación. En Ecuador, la motivación es considerada uno de los elementos básicos para prevenir y controlar la valoración arbitraria de la apreciación de la prueba por parte de los jueces.

Biografía del autor/a

  • Stefanía Jeanneth Tovar Jacome, Universidad Técnica de Ambato

    Stefanía Jeanneth Tovar Jacome. ORCID iD https://orcid.org/0009-0005-0149-3542
    Es una profesional en Derecho Administrativo y Administración Tributaria. Obtuvo su Ingeniería en Marketing y Gestión de Negocios, también obtuvo el título de Abogada de los Juzgados de la República del Ecuador. Es Magister en Derecho Administrativo y además en Administración Tributaria. Su línea de investigación se direcciona al derecho tributario y la mediación. Actualmente labora en la Universidad Técnica de Ambato.

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Publicado

2024-12-18

Cómo citar

La admisibilidad de la prueba según el COGEP y la motivación de sentencias como elemento del debido proceso. (2024). Catilinaria IURIS, 2(2). https://doi.org/10.33210/rci.v2i2.37